Más cerca de la nueva Ley de Protección de Datos en investigaciones penales
Parece ser que el día en que España cuente con una nueva legislación sobre protección de datos en investigaciones penales está más cerca. En 2016 se aprobó la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales, la cual debió transponerse al derecho español a más tardar en el año 2018.
Con un par de años de retraso, el Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica que regula la protección de los datos personales utilizados en labores de prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales en nuestro país. El tratamiento de datos personales de ámbito penal tiene características especiales que hacen necesarias unas garantías adecuadas, es por ello por lo que dichos tratamientos quedan fuera del ámbito de aplicación del Reglamento General de Protección de Datos, como bien establece su artículo 2.2.
Esta nueva Ley de protección de datos en investigaciones penales persigue el mismo fin que la Directiva europea que transpone, esto es, favorecer la cooperación internacional judicial y policial europea en el ámbito de la prevención, investigación, detección y enjuiciamiento de infracciones penales, y servir a la protección y defensa de los derechos de los ciudadanos de la UE, especialmente al derecho a la intimidad personal reconocidos en la Constitución Española, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, y el derecho a la protección de datos personales.
Genís Vera Sampedro
SNL Consulting
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